La Comisión de Gestión de la Sequía aprueba ampliar las medidas de ahorro de agua
La Comisión de Gestión de la Sequía de la demarcación hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, compuesta por representantes del Gobierno andaluz, de los usuarios y de organizaciones empresariales, sindicales y ecologistas se ha reunido en Málaga para analizar la situación hidrológica de la demarcación y aprobar las medidas que permitan aumentar la garantía para el abastecimiento humano y mitigar los impactos sociales, ambientales y económicos de la sequía.
Durante su intervención, el secretario general del Agua, Ramiro Angulo, que ha presidido la reunión, ha trasladado los últimos datos relativos a la situación hidrológica de esta cuenca andaluza teniendo en cuenta las precipitaciones registradas en el presente año hidrológico y su comportamiento en los distintos sistemas de la demarcación (Campo de Gibraltar, Costa del Sol-La Concepción, Guadalhorce-Limonero, Axarquía-Viñuela, Béznar-Rules, Campo de Dalías-Benínar y Cuevas de Almanzora).
A pesar de la ausencia total de lluvias significativas tras el paso de la borrasca Nelson, con las medidas adoptadas en la Comisión de Sequía del pasado mes de mayo se ha conseguido que los Sistemas de Campo de Gibraltar y Costa del Sol Occidental comiencen en el año en situación de escasez severa (alerta). En el caso del Sistema Guadalhorce-Limonero, y tal y como se preveía, se ha cruzado durante el verano la línea de escasez grave (emergencia), siendo este último el estado en el que comienza el año hidrológico 2024-2025.
El Sistema Viñuela, a pesar de la mejora experimentada en abril, sigue por debajo del umbral de escasez grave. La provincia de Granada se sitúa en normalidad y, en el caso de Almería, el Levante continúa en situación de excepcional sequía al seguir interrumpido el trasvase del Negratín que, a pesar de las aportaciones recogidas en la CHG, con su Sistema de Regulación General por encima del 30%, no ha alcanzado en el embalse del Negratín el volumen mínimo necesario de 210 hm3 que permitiría reiniciar el trasvase.
Tras analizar la evolución de los indicadores y la situación hidrológica actual en la demarcación, los integrantes de la Comisión de Gestión de la Sequía de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas han aprobado incrementar las medidas de ahorro del consumo de agua que se han venido estableciendo en los núcleos urbanos.
En los próximos meses se continuará con el seguimiento detallado de la evolución de recursos y demandas, así como con el análisis de la aplicación de las medidas adoptadas para conocer si es necesario poner en marcha nuevas actuaciones. Las acordadas hoy se mantendrán hasta final de año, pero podrán ser revisadas antes en función de la situación hidrológica.
Medidas para el uso urbano
La Comisión de Gestión de la Sequía en las Cuencas Mediterráneas Andaluzas ha aprobado que el consumo de agua de uso urbano no podrá superar los 180 litros por habitante y día, considerando todos los recursos hídricos disponibles en los municipios de los sistemas de Guadalhorce-Limonero (Málaga) y Axarquía-Viñuela (Almáchar, Benamargosa, El Borge, Comares, Cútar, Iznate, Macharaviaya, Moclinejo, Rincón de la Victoria, Vélez-Málaga, Totalán, Algarrobo, Torrox y Nerja). En el Campo de Gibraltar (Algeciras, Los Barrios, Castellar de la Frontera, Línea de la Concepción, San Roque, Jimena de la Frontera y San Martín del Tesorillo) y Costa del Sol Occidental (Benahavís, Benalmádena, Casares, Estepona, Fuengirola, Manilva, Marbella, Ojén, Torremolinos y Mijas) el consumo de agua de uso urbano no podrá superar los 200 litros por habitante y día.
En el Sistema Viñuela-Axarquía, se establece una dotación máxima de 180 litros por habitante y día. En los términos establecidos en el Plan Especial de Sequía (PES), se maximizará el uso de los recursos subterráneos y fluyentes del Sistema de Explotación para el abastecimiento urbano, manteniendo así el empleo de los pozos del Chíllar.
Por otra parte, se mantienen los recursos de 200 litros por persona y día en los municipios de la zona regulada de Cuevas de Almanzora (Carboneras, Los Gallardos, Garrucha, Mojácar, Albox, Antas, Arboleas, Cuevas del Almanzora, Huércal-Overa, Taberno, Vera y Zurgena), declarados en escasez severa.
Para las zonas sin regulación que se encuentran en situación de excepcional sequía y escasez severa, se establece la misma medida de ahorro en el consumo urbano, limitándose el agua a 200 litros por habitante y día. Entre estas zonas sin regulación a las que afecta esta decisión de la Comisión se encuentra la Cuenca del Río Guadiaro (Ronda, Arriate, Benaoján, Montejaque, Jimera de Líbar, Atajate, Alpandeire, Parauta, Cartajima, Igualeja, Faraján, Pujerra, Cortes de la Frontera, Benadalid, Benalauría, Jubrique, Algatocín, Benarrabá, Genalguacil y Gaucín). Asimismo, esta medida atañe también a las zonas sin regulación de la cabecera del Guadalhorce (Antequera, Archidona, Villanueva del Trabuco, Villanueva del Rosario, Mollina, Humilladero, Fuente de Piedra, Campillos, Teba, Almargen, Ardales, El Burgo, Cuevas del Becerro y Cañete la Real); y de la cuenca baja del Guadalhorce (Valle de Abdalajís, Villanueva de la Concepción, Casabermeja, Almogía, Carratraca, Álora, Casarabonela, Pizarra, Yunquera, Alozaina, Tolox, Guaro, Monda, Coín, Cártama, Alhaurín el Grande, Alhaurín de la Torre y Torremolinos).
Para las zonas sin regulación de la provincia de Almería que se encuentran en situación de excepcional sequía y escasez grave: NÍJAR (que incluye el municipio de Níjar) y SIERRA DE LOS FILABRES (que incluye los municipios de: Lucainena de las Torres, Sorbas, Turre, Uleila del Campo, Albánchez, Alcóntar, Alcudia de Monteagud, Armuña de Almanzora, Bacares, Bayarque, Benitagla, Benizalón, Cantoria, Cóbdar, Chercos, Fines, Laroya, Líjar, Lubrín, Lúcar, Macael, Olula del Río, Oria, Partaloa, Purchena, Serón, Sierro, Somontín, Suflí, Tahal, Tíjola y Urrácal), se establece la misma medida de ahorro en el consumo urbano que la Zona Regulada Cuevas de Almanzora, limitándose el agua a 200 litros por habitante y día.
En los sistemas de explotación Béznar-Rules y Béninar la situación es de normalidad y no se requiere la adopción de medidas.
Uso agrario
Para el uso agrario, en el Campo de Gibraltar se mantiene el volumen de riego para el año hidrológico 2024-2025 que se establece en un máximo de 4 hm3. Este volumen será revisado a comienzos de 2025 en función de la situación hidrológica pudiendo llegar a limitarse a un máximo de 2 hm3 en caso de entrar en situación de escasez grave.
En el sistema Guadalhorce-Limonero (Málaga), el volumen de riego para el año hidrológico que podría darse en la situación de escasez grave queda reducido a un máximo de 6 hm3 que sólo se aplicaría a partir del mes de junio en función de la situación hidrológica existente en ese momento y la garantía de abastecimiento. Por otra parte, la limitación de los volúmenes suministrados para riego agrícola de hasta el 75% afectará igualmente a los recursos procedentes de aguas subterráneas. Se maximizará el uso de los recursos subterráneos (Aljaima-Fahala así como pozos del Bajo Guadalhorce) y fluyentes (Aljaima superficial) del Sistema de Explotación para el abastecimiento urbano. En el sistema Viñuela-Axarquía se mantiene suspendido el riego desde el embalse de la Viñuela.
Piscinas y riego de zonas verdes
Respecto a las piscinas y riego de zonas verdes se mantienen las medidas excepcionales aprobadas el pasado mes de mayo siempre y cuando se respete la dotación aprobada para cada sistema y que el volumen de riego no podrá superar los 200m3 por hectárea y mes con un máximo de riego a la semana.
Según estas medidas excepcionales, las piscinas públicas se encuentran autorizadas, mientras que serán los ayuntamientos y las mancomunidades con competencias en materia de abastecimiento en alta los que, en el caso de las piscinas privadas, remitan a la Administración Hidráulica las solicitudes correspondientes junto con su informe técnico justificativo de compatibilidad con la dotación aprobada para el conjunto del sistema para su consideración (o en cada ámbito municipal en zonas sin regulación). Estas piscinas deben disponer de un sistema de re- circulación del agua de forma que ésta se use en las cantidades indispensables para reponer las pérdidas de agua por evaporación, limpieza de filtros y para garantizar la calidad sanitaria del agua.
En el caso de los riegos de zonas verdes, se realizarán con agua no apta para el consumo humano, cuando exista este tipo de recurso, y con aprovechamiento máximo del mismo. Sólo se podrá emplear agua apta para el consumo humano cuando en el municipio no existen otros recursos no aptos para el consumo humano que pueden emplearse en el riego o, existiendo, sean insuficientes para llevar a cabo dichos riegos de supervivencia. Además, en ningún caso, el empleo de agua destinada al consumo humano en operaciones de riego de zonas verdes supondrá que se superen los volúmenes de abastecimiento aprobados en la Comisión de Gestión para la Sequía.