El Equipo de Gobierno lleva a Pleno una congelación del IBI y una rebaja en distintas tasas fiscales para el año 2020

El equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Rincón de la Victoria ha aprobado llevar al Pleno una congelación del tipo IBI del 0,84 al 0,80, y la rebaja en diversas tasas fiscales.

En la mañana de hoy se ha celebrado una Comisión de Hacienda donde se ha propuesto congelar el tipo impositivo de los bienes de naturaleza urbana del 0,84 al 0,80, “con el objetivo de cubrir el incremento del 10 por ciento de los valores catastrales correspondientes al 2020”, ha señalado el concejal de Hacienda del Ayuntamiento de Rincón de la Victoria, Antonio Fernández (PP).

Además, se ha introducido en la ordenanza una bonificación potestativa del 15 por ciento sobre la cuota íntegra a aquellos bienes inmuebles en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.

El alcalde de Rincón de la Victoria, Francisco Salado (PP), ha destacado que “este gobierno sigue trabajando para reducir las cargas fiscales a nuestros ciudadanos, apostando por nuevas inversiones para la mejora de infraestructuras y los servicios públicos, las energías renovables y la accesibilidad en el municipio”.

Por otra parte, también se ha modificado la ordenanza reguladora de la tasa por actuaciones urbanísticas, “con la que se ha pretendido establecer una bonificación para las obras que faciliten el acceso y la habitabilidad de las personas con discapacidad, siempre y cuando impliquen la reforma interior y exterior del inmueble”, ha explicado Fernández.

En cuanto a la tasa reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, a los vehículos eléctricos se unen los vehículos híbridos y aquellos que funcionen con energía solar, “que gozarán de una bonificación del 50% en la cuota del impuesto”, ha señalado el edil.

Por último, en la modificación de la ordenanza reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, se establece una bonificación del 90% sobre la cuota del impuesto a las construcciones que favorezcan o faciliten el acceso y habitabilidad de las personas discapacitadas que impliquen una reforma interior o exterior de un inmueble, siempre y cuando la reforma se realice para que el usuario pueda seguir gozando de autonomía y calidad de vida en su domicilio.

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