Los beneficiarios de una VPO puede rechazarla si están en el paro o no encuentran financiación

El Consejo de Gobierno ha aprobado el nuevo reglamento de los registros públicos municipales de demandantes de vivienda protegida, donde se inscriben las personas interesadas en acceder a esta oferta residencial. Como principal novedad, la norma permite a los adjudicatarios rechazar la VPO si no obtienen el préstamo hipotecario, sufren desempleo sobrevenido o el inmueble no se ajusta a sus circunstancias familiares. Estas renuncias no se considerarán voluntarias y, por tanto, se les podrá ofertar con posterioridad una vivienda sin tener que participar en otro procedimiento de selección.

Junto a estas novedades de índole social, el reglamento facilita la inscripción a de-mandantes que necesiten una casa por motivos justificados, pese a ser propietarios de otra vivienda libre o protegida o inquilinos de una VPO en régimen de arrendamiento. Entre estos motivos figuran el aumento de la composición familiar, una discapacidad que implique movilidad reducida o una situación de dependencia sobrevenida. Estos adjudica-tarios han de transmitir el inmueble en propiedad antes de la firma del contrato de la nueva casa, o ponerlo a disposición o ceder el derecho de uso al registro municipal para su posterior adjudicación.

La nueva norma unifica los criterios para la cuantificación y cualificación de la demanda y establece principios generales para la elección de las personas inscritas. Asimismo, amplía el concepto y los modelos de unidad familiar, de tal forma que se considera como tal a aquella que integre a personas en situación de dependencia, al margen de la relación de parentesco que mantengan. En caso de custodia compartida, se autoriza a ambos padres la inscripción del menor en sus solicitudes.

En consonancia con su adaptación a la Ley andaluza de Autonomía Local, el re-glamento dota de mayor libertad a los municipios para elegir otros procedimientos de selección de solicitantes, además de los más comunes de baremación, sorteo y antigüe-dad, siempre que se respeten los principios de igualdad y publicidad. Si los ayuntamientos exigen al demandante más datos, como empadronamiento o residencia en una determinada barriada, esta información adicional podrá otorgar preferencia en la selección pero no será motivo de exclusión. Por otro lado, los demandantes podrán mostrar su interés en formar parte de una cooperativa de viviendas como vía para facilitar su elección.

Los registros municipales permiten caracterizar la demanda de vivienda protegida en función de las necesidades familiares: régimen de venta o alquiler, tipología de inmueble, superficie y distribución, entre otros. Los ciudadanos pueden solicitar una VPO hasta en tres municipios, especificando su localidad de preferencia. El 78,5% de la población andaluza –más de 6,6 millones de habitantes– reside en los 296 municipios donde ya están en funcionamiento estos registros. Hasta el momento, se han inscrito 93.517 solicitudes.

También te puede interesar  Media decena de diseñadores malagueños presentarán sus colecciones en la primera ‘Pasarela Moda Flamenca Cómpeta’

Los ayuntamientos deben someter a valoración de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda las ordenanzas que los regulan como paso previo para la creación de los registros. Hasta el momento, han presentado dicho documento 731 consistorios –casi el 95 por ciento del total–, de los que 683 han obtenido informe favorable, mientras que los restan-tes están en proceso de corrección. La Junta ha impulsado la puesta en marcha de estas bases de datos con subvenciones de 3,48 millones de euros a 508 municipios.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

He leído y acepto el aviso legal y la política de privacidad (obligatorio para enviar el comentario).

Información básica sobre Protección de Datos

Responsable: María Teresa Cortés Palma (Infoaxarquia.es)

Finalidad: Obtención de tu consentimiento para responder a las cuestiones planteadas a través de nuestro formulario de comentarios.

Legitimación: Consentimiento del interesado.

Destinatarios: No se cederán datos a terceros, salvo obligación legal.

Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional.

Información adicional: Puedes consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en el siguiente enlace: infoaxarquia.es/aviso-legal.

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies