Desestiman el recurso interpuesto contra la condena del alcalde de La Viñuela

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Málaga ha desestimado el recurso de apelación interpuesto contra la resolución que condenaba al alcalde de La Viñuela, Juan Millán Javalera, a 15 años y seis meses de inhabilitación por dos delitos de prevaricación urbanística.

Según reza la sentencia, procede denegar la celebración de la vista para la práctica de la repetición del visionado con nueva actividad probatoria y contradictoria ante el acusado y los testigos.

El Tribunal no aprecia error en la valoración de las pruebas, indica el escrito, que destaca las manifestaciones del acusado en el juicio oral, durante el que reconoció ser la persona que otorgaba las licencias.

El regidor explicó que no se aportaban informes técnicos, y que, aunque el secretario hacía un informe tipo en todos los procedimientos, él sólo miraba la petición de licencia.

Millán también añadió que él decidía si estaba o no en suelo protegido, y justificó su proceder en que, aunque no tenía conocimientos técnicos, “es originario de la zona y conocía el terreno”.

De ahí que la ilegalidad de su comportamiento haya sido acuñada por la jurisprudencia como “evidente, patente, flagrante y clamorosa”.

En los fundamentos jurídicos se relata que, pese a ser desestimatoria la resolución del recurso, no se advierte temeridad en su interposición, por lo que procede declarar de oficio las costas originadas en su tramitación.

El alcalde de La Viñuela fue condenado a 15 años y seis meses de inhabilitación para empleo o cargo público por dos delitos de prevaricación urbanística -uno de ellos continuado- por la concesión de tres licencias de obras, tras lo cual solicitó su baja temporal como militante del PSOE

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