La Junta informa favorablemente para que Nerja sea zona de gran afluencia turística
La delegación provincial de Turismo, Comercio y Deporte ha informado favorablemente la solicitud de declaración de zona de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, presentada por el Ayuntamiento de Nerja, lo que supondrá en la práctica, de aprobarse definitivamente, que los comercios de este municipio costero podrán abrir al público en régimen de libertad horaria, todos los días desde el 1 de Julio al 15 de Septiembre y los periodos de Semana Santa de los años 2009 al 2012.
Hasta ahora tienen concedida la citada declaración los municipios de Manilva y Torremolinos y se encuentran en trámite las solicitudes presentadas por los ayuntamientos de Estepona, Marbella, Rincón de la Victoria, Torrox y Fuengirola. Como en el caso de Nerja, la delegación de Turismo, de acuerdo con lo dispuesto en la orden por la que se regula el procedimiento, ha remitido a la Dirección General de Comercio la documentación presentada por estos ayuntamientos. En la documentación se acompañan distintos informes emitidos por la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Málaga, organizaciones sindicales más representativas, organizaciones empre-sariales y de consumidores, junto con el preceptivo informe emitido por la delegación.
Las solicitudes, una vez informadas por la Comisión Asesora de Comercio Interior de Andalucía (CACI), y evaluadas por la dirección General de Comercio, serán resueltas por el Consejero de Turismo, Comercio y Deporte declarando, si procede, a los citados municipios como municipios de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales.
El delegado de Turismo, Comercio y Deporte, Antonio Souvirón, considera que “estas declaraciones de afluencia turística contribuyen a ayudar a los municipios turísticos a prestar un mejor servicio a los visitantes durante las temporadas altas y es una herramienta de equilibrio que la Consejería de Turismo utiliza en beneficio no sólo del turismo sino también del comercio.”
La declaración de zona o municipio de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales, implica la autorización a los establecimientos comerciales ubicados en ámbito geográfico acordado, para aplicar la libertad de horarios comerciales prevista en la Ley del Comercio Interior de Andalucía, de manera que estos establecimientos podrán abrir sus puertas al público, en las temporadas específicamente autorizadas, durante las horas y días que estimen oportuno.
Entre los criterios utilizados para declarar un municipio de gran afluencia turística, destacan el número de plazas hoteleras, de residencias turísticas, campamentos de turismo así como el incremento durante los periodos autorizados del consumo de eléctrico, de agua o de generación de residuos sólidos, criterios que acreditarán que la media ponderada anual de población es significativamente superior al número de residentes o que en dichos periodos y zonas tiene lugar una gran afluencia de visitantes por motivos turísticos.

